miércoles, 12 de enero de 2011

Anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales

Cualquier ingeniero estará habilitado para cualquier actividad profesional. 
Adiós al problema de las atribuciones de los informáticos.
Documento del Anteproyecto

18 comentarios:

Alberto Corrales Garcia dijo...

A grandes rasgos ¿que implicaciones tiene esto?

Anónimo dijo...

¡¡El Kaos!!

Anónimo dijo...

y el ing. de edificación ? no aparece.

Anónimo dijo...

Yo le pregunto al intelectual que ha hecho la ley como ejemplo 2 preguntas: La primera fácil y la segunda dificil.

Pregunta fácil ¿Quién firma la estructura de un edificio? Resp. Es sencillo, el arquitecto. Pues lo dice la LOE.

Pregunta dificil ¿Quién calcula y hace los planos constructivos de esa estructura? Resp. El arquitecto no; porque no sabe. LLevo 15 años trabajando y calculando estructuras para ellos, así como, muchos ingenieros de caminos, aparejadores, etc..

Lo mismo pasa con las instalaciones.

EL QUE TENGA OIDOS QUE OIGA......................

POR FAVOR ME PARECE BIEN QUE ELIMINEIS LA SUPREMACÍA DE LOS INGENIEROS PERO ¿QUÉ PASA CON LOS SEÑORIIIITOOOOSSS ARQUITECTOS SUPERIORES?

Anónimo dijo...

NOSE PARA QUIEN TRABAJARÁS, PERO YO SOY ARQUITECTA Y FIRMO Y CALCULO TODAS MIS ESTRUCTURAS, DE ACUERDO???
ASI Q NO GENERALICES!! MENTE CUADRADA!!!

Anónimo dijo...

MOVILIZACIÓN YA!

Anónimo dijo...

Esto está promovido por economistas, sólo va a beneficiar a los empresarios...nada de beneficios para ningún ingeniero sea cual sea su titulación. No podemos esperar a ver que pasa.

Anónimo dijo...

Parece q lo que se pretende es que cualquier valiente haga proyectos que actualmente reunen distintas atribuciones al menor precio.
Pero a que precio? Ganaran o perderan los Ing Españoles prestigio en europa?.
Y que pasa con la responsabilidad civil? El q la cage porque, efectivamente no sabe de la materia, que pasa? Se le desabilita y acorrer...
Al final te empujan a ser autonomo; como lo veo yo!!
A mi me parece q hay algo q no nos están contando.

Anónimo dijo...

Dirigido a la arquitecta:

Me parece muy bien que tu calcules y realices tus propias estructuras. Eso es lo que tiene que ser pues tu eres la responsable de lo que firmas.
Yo me refiero al otro 98 % de arquitectos que firman cosas (estructuras e instalaciones) que no han realizado.

LA RAZON ES PORQUE LO DICE el articulo 10 apartado 2. parte a) de la ley 38/1999 de 5 de Noviembre de la ordenacion de la edificacion

"Cuando el proyecto a realizar tenga por objeto la construcción de edificios para los usos indicados en el grupo a) del apartado 1 del artículo 2, la titulación académica y profesional habilitante será la de arquitecto."

Ni que decir tiene que los usos del grupo a) son:
"Administrativo, sanitario, religioso, residencial en todas sus formas, docente y cultural." (Es decir, el 90% de la construccion)

Se queda para los "temidos" ingenieros en todas sus especialidades el resto que enumero a continuación. !Ojo! !que los arquitectos tambien pueden hacer exactamente lo mismo que los ingenieros! !Menuda reserva de Actividad!

"Cuando el proyecto a realizar tenga por objeto la construcción de edificios para los usos indicados en el grupo b) del apartado 1 del artículo 2, la titulación académica y profesional habilitante, con carácter general, será la de ingeniero, ingeniero técnico o arquitecto y vendrá determinada por las disposiciones legales vigentes para cada profesión, de acuerdo con sus respectivas especialidades y competencias específicas".

Grupo b)
"Aeronáutico; agropecuario; de la energía; de la hidráulica; minero; de telecomunicaciones (referido a la ingeniería de las telecomunicaciones); del transporte terrestre, marítimo, fluvial y aéreo; forestal; industrial; naval; de la ingeniería de saneamiento e higiene, y accesorio a las obras de ingeniería y su explotación.
Todas las demás edificaciones cuyos usos no esten expresamente relacionados en los grupos anteriores" (Es decir el 10 % para repartir).


¿No sería mejor que la distribucion de competencias no fuera por tipo de edificio sino por la instalacion o estructura que se vaya a realizar?; ya que por ejemplo en todos los edificios la instalacion electrica es la misma independientemente de su uso.

Querida arquitecta me parece que tu eres una profesional como la copa de un pino; el problema es que hay muchos profesionales trabajando para arquitectos cobrando un saco de higos por realizar trabajos que no pueden firmar por culpa de ese articulo 10.2.a).

¿ES ESTO JUSTO?. SI QUITAMOS RESERVAS DE ACTIVIDAD A LOS INGENIEROS TAMBIEN HAY QUE QUITÁRSELAS A LOS ARQUITECTOS.

O ES QUE VAMOS A PERMITIR QUE NOS QUITEN NUESTRO COMER Y A LOS ARQUITECTOS LOS DEJEN COMO ESTAN: !PUEDIENDO HACERLO TOOOOOOOODOOOOOOO SIN QUE SE LES TOQUE.

Anónimo dijo...

El proyecto, muy DEFICIENTE, adolece de una falta de conocimiento muy grave por parte de sus autores y así, por ejemplo:

1) Contempla algo tan absurdo como refundir a los ingenieros técnicos de minas con los ingeniero superiores navales.Esto tiene tanto sentido como refundir a los floristas y a los fontaneros.

2) Por el contrario, se olvida de refundir a otros ingenieros de ámbitos muy similares como son los ingenieros de montes y los ingenieros agrónomos.

También se olvida de incluir a los ingenieros técnicos topógrafos, los ingenieros técnicos de obras públicas, los ingenieros de caminos, los ingenieros de montes, ingenieros técnicos agrícolas, etc, etc. Y los arquitectos igualmente.

3) Se olvida de refundir profesiones casi idénticas -en preparación académica- como son la de ingenieros en construcciones civiles y la de ingenieros de edificación

4)También se olvidan de refundir las profesiones jurídicas para las que se exige la misma titulación: Abogado y Procurador (las dos requieren el mismo título: licenciado en derecho) y la absurda y decimonónica legislación actual establece la incompatibilidad entre ambas.

En fin, muchas profesiones sanitarias también podrían refundirse. Antes había Practicantes en Medicina y Cirugía -luego ATS y luego Diplomados DUE y equivalentes, con muchas especialidades. Pues que se refundan también. ¿Y que pasa con los dentistas y con los médicos estomatólogos?.

En fin, un proyecto muy, muy, DEFICIENTE. Va a ser una fuente de conflictos.

Anónimo dijo...

Dirigido a los ingenieros de Telecomunicaciones:

Estais muy callados porque teneis vuestra reserva de actividad ratificada por la ley 10/2005 de 14 de Junio de medidas urgentes para el impulso de la Television Digital Terrestre.

En esta ley os deja a los ingenieros de telecomunicaciones como los únicos que podéis firmar los proyectos de telecomunicaciones de las viviendas. Esta ley se contradice con la Loe que le da las atribuciones al arquitecto.

Pues yo os digo:

Ya está bien, porque tenéis una sentencia del tribunal supremo en la cual los ingenieros industriales pueden firmar este tipo de proyectos y os la habéis pasado por el forro.

SI NO HAY RESERVA DE ACTIVIDAD PARA UNOS. !QUE NO HAYA PARA NADIE!.

!ESTO ES UN PAIS DE MARCAR DIFERENCIAS!.



MI ESPERANZA ES QUE LA LEY DE SERVICIOS PROFESIONALES MODIFIQUE EL ARTICULO 10 Apartado 2 a) de COMPETENCIAS DE LOS ARQUITECTOS DE LA LOE LEY 38/99 Y ANULE LA DISPOSICION QUE OTORGA COMPETENCIAS A LOS TELECOS EN LA LEY 10/2005 DE TELEVISION DIGITAL TERRESTRE.


!Vamos que conteste algún teleco ó arquitecto!

Anónimo dijo...

Es que no os enterais:
Vendra cualquier Engineer en X de la Univ de Y, de Nueva Aberdeen del Sur, hará cualquier proyecto por lo que quieran darle, y vosotros, TODOS, a hacer lo mismo o a cambiar de trabajo.
¿O es que alguno piensa que esta reforma está pensada para beneficiarle a él o ella, por lo lindos que son?

Anónimo dijo...

Me parece bien que se permita hacer proyectos de edificación a los ingenieros, siempre que se nos permita a los arquitectos firmar proyectos de puentes, puertos, caminos, minas,... Ahora resulta que los ingenieros, como saben calcular instalaciones y estructuras, saben hacer edificios; resulta que los cálculos no son nada más que eso, resolver problemas, como haría un niño en el colegio, o como hacemos hoy en día todos los arquitectos jóvenes (admito que los arquitectos que han vivido el boom han preferido subcontratar, para poder contratar más proyectos, pero los jóvenes sabemos perfectamente calcularlo todo y así lo hacemos). La arquitectura es algo más que conseguir que no se caiga una casa, o que salga agua por el grifo con la presión adecuada, y para ese "algo más", que es lo más importante del edificio, los ingenieros no están preparados. Yo también se calcular estructuras, pero no se me ocurriría pedir atribuciones para la construcción de centrales nucleares, pues entiendo que hay que estar preparado para eso.

Anónimo dijo...

Dirigido al arquitecto:

El problema principal es que el articulo 10 apartado 2 parte a) da las competencias del del grupo a)"Administrativo, sanitario, religioso, residencial en todas sus formas, docente y cultural." a los arquitectos exclusivamente; y luego el articulo 2 apartado 3 dice : "3. Se consideran comprendidas en la edificación sus instalaciones fijas y el equipamiento propio, así como los elementos de urbanización que permanezcan adscritos al edificio."

Por ello aplicando la loe a rajatabla las instalaciones existentes en todos los edificios del grupo a) no pueden ser realizados por ingenieros. (Concretamente la electricidad de un edificio de viviendas no podría ser hecho por un ingeniero industrial).

Por otro lado la estructura de dicho edificio tampoco la puede firmar un Ingeniero de Caminos segun articulo 10 apartado a).

Ese es el problema amigo arquitecto: Que vosotros tenéis reservada esa actividad para vosotros exclusivamente cuando en realidad los ingenieros están creo mejor preparados que vosotros para realizar estructuras e instalaciones.

Lógicamente estoy de acuerdo contigo en que vosotros sois los más apropiados para el desarrollo de la volumetría y diseño gráfico y estético del edificio; sin olvidar que los edificios deben cumplir el código tecnico de la edificacion DB-SI de proteccion contra incendios, que modifica siempre cualquier diseño imaginario de un edificio y que debe ser estudiado por un ingeniero industrial.

Gracias por contestar.

Anónimo dijo...

Por una parte, esto de poder firmar o no, no solo es cuestion de quien hace el trabajo sino de quien asume la responsabilidad. Me parece una temeridad, que como aparejador pretendas asumir una responsabilidad para la que no estas cualificado. (en el caso de las estructuras)
En la mayor parte de los proyectos grandes, las estructuras estan efectivamente calculadas por ingenierias, que en muchos casos también firman de manera conjunta las estructuras con los arquitectos.
Por otra parte, el diseño del edificio no es una cuestion únicamente estética. Como bien sabras un buen diseño ahorra costes, tanto de construccion como de mantenimiento, de consumo energético.
Resumiendo, cada profesional tiene su cometido y entrometerse no acarrea más que perjuicios para el cliente. El servicio prestado lógicamente será peor si tus cualificaciones no son las adecuadas, ¿a que no vas a un veterinario cuando te rompes una pierna? Sin embargo, los animales también tienen patas, sabrían como hacerlo.

Anónimo dijo...

Perdona, pero las ingenierias no pueden legalizar un estructura según la loe. El único que puede legalizarla es el arquitecto según el famoso articulo 10 apartado 2.a.
Esto quiere decir que un ingeniero pueda firmar y visar esa estructura en su colegio pero no será legalmente válida si no tiene la firma y el visado de un arquitecto.

Este es el problema !CREO QUE ESTA CLARO!.

Repito ellos se reservan esa actividad cuando las ingenierias son mejores para el calculo de estructuras y de instalaciones.

Anónimo dijo...

Es verdad que soy Arquitecto y no me calculo mis estructuras. Pero las proyecto, porque sé bastante de eso, y me las calcula otro arquitecto. 4 cursos de estructuras te parecen poco, señorito ingeniero?

Anónimo dijo...

La ley de ordenación de la edificación fue una sustracción de derechos en toda regla que los arquitectos desde las ventanillas del ministerio de fomento le hicieron a los ingenieros.
Esa sustracción de derechos ya se hacía de hecho en las ventanillas de los ayuntamientos cuando proyectos de edificación presentado por ingenieros, aún siendo naves industriales,eran rechazadas por el Arquitecto municipal, por no venir firmadas por arquitectos.
La consecuencia de esa situación era unos precios de honorarios de proyectos muy muy elevados.
La ley de servicios profesionales si, sale como está en el borrador traerá una normalización de la situación, los ingenieros podrán proyectar para lo que están plenamente capacitados quedará asegurada la seguridad, la habitabilidad, la salubridad, la eficiencia energética, la funcionalidad y la integración en el medio.
traer a una ventaja a la sociedad pues habrá una disminución de precios en los honorarios profesionales.
La ley de servicios profesionales tal como está prevista aumentara de maneta sana la competencia entre profesionales evitara abusos sobre consumidores.Mejoraremos todos.
Animo a todos en esta apasionante lucha que nos espera.
saludos

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